Enfoque de Derechos
EL ENFOQUE DE DERECHOS
“ El esfuerzo orientado a articular una nueva ética con políticas públicas a nivel
social y judicial y privadas, es lo que se ha denominado como el enfoque de
derechos humanos. Este procura construir un orden centrado en la creación de
relaciones sociales basadas en el reconocimiento y respeto mutuo y en la
transparencia, de modo que la satisfacción de las necesidades materiales y
subjetivas de todas las personas y colectividades, sin excepción alguna, constituya
una obligación jurídica y social. (...........) buscando construir mecanismos jurídicos
y políticos que transformen las instituciones, y consecuentemente la vida social y
cotidiana de las personas con base en una nueva ética del desarrollo humano.”
(Guendel; 1999.:3).
Este enfoque está íntimamente relacionado con la búsqueda de reformas en la
política social en el último decenio del SXX, orientadas a la superación del
modelo burocrático de la política social. El Enfoque de Derechos, a diferencia de
los otros ( el de la selectividad estática y el de la gobernabilidad ) 4
reivindica el
papel del Estado para garantizar el desarrollo humano y establece la política social
como un derecho social, contempla el impulso de políticas institucionales
tendientes a que las personas se apropien de sus derechos y participen de
manera activa en su desarrollo social y controlen las acciones públicas en esa
materia.
1. Características fundamentales del enfoque
Son parte inherente de este enfoque, las siguientes características:
a) Reconocer la cuidadanía como un derecho de todas las personas,
independientemente de su sexo, nacionalidad, edad, etnia, condición social
y opción sexual; y es deber del Estado proteger y garantizar el
cumplimiento de este derecho.
Dicha ciudadanía es política y es social y para serlo plenamente debe ser
visible y exigible. Por lo que deben crearse mecanismos de vigilancia, y
seguimiento de los derechos que puedan ser aplicados por la sociedad civil.
b) A partir de dicho principio se plantea como necesario revisar el marco
jurídico actual sobre derechos de las personas y la construcción de un
marco formal de regulación de las relaciones sociales que asegure el
reconocimiento y respeto de sí y de los otros y que establezca e
institucionalice los mecanismos de vigilancia, seguimiento y legibilidad de
los derechos.
c) Reconocer que la estructura social está fundamentada en relaciones
sociales basadas en el poder ( en sus distintas manifestaciones:
económico, generacional, de género, étnicas, ente otros). Por tanto, al
predefinir el marco de las relaciones entre las personas, se han de
considerar las diferencias sociales y las económicas ( que se han
expresado en término de desigualdades) para buscar relaciones de
igualdad y respeto a las diferencias.
d) Enfatizar en la persona como sujeto integral (bio- psico-social), como un
sujeto concreto y particular, cuyos derechos son universales, indivisibles e
integrales..
e) Es una perspectiva que recupera la diversidad social y reconoce la
especificidad.
f) Plantear la democracia como un derecho humano, asociada
intrínsicamente, a la transparencia y la rendición de cuentas en el ejercicio
de gobernar, la participación ciudadana, la vigilancia y la exigibilidad de los
derechos ciudadanos. Se refiere a una democracia participativa, con
participación real y consciente de la ciudadanía en la propuesta y la toma
de decisiones, sin sectores sociales excluidos y con mecanismos claros de
exigibilidad y control ciudadano.
g) Suponer una institucionalidad centrada en el sujeto, “más y mejores
mecanismos de coordinación de los sistemas de acción social y de los
sistemas político administrativos”. (Guendel; 1999: 12)
El reconocimiento de la cuidadanía a todas las personas es el principio
fundamental de este enfoque. Guendel (1999) señala ocho condiciones mínimas
para impulsarlo. Por su importancia, se considera pertinente mencionarlas a
continuación.
- Una cultura política que exprese, en todas las dimensiones de las
relaciones sociales, el reconocimiento universal de los Derechos
Humanos.
- La existencia de un marco legal e institucional que reconozca
explícitamente todos los derechos políticos y sociales a todas las
personas y que incorpore los mecanismos jurídicos que garanticen la
protección, la exigibilidad y la vigilancia de los derechos.
La promoción de un sujeto de derechos autoconsciente, por medio
de políticas de promoción de derechos que tomen en consideración
las relaciones intersubjetivas en los diferentes espacios sociales.
- La formulación de políticas públicas dirigidas a proteger, promover y
atender los derechos humanos, teniendo a la persona como centro
fundamental.
- Una administración descentralizada de las políticas sociales y locales
, que garantice la planificación social y la participación ciudadana en
la toma de decisiones.
- La existencia de espacios públicos de concentración en el Estado.
- La disponibilidad de mecanismos de representación política basados
en la democracia participativa y la rendición de cuentas.
- La democratización del saber técnico; es decir, que predominen
relaciones horizontales e igualitarias entre los distintos actores que
participan en la definición de políticas sociales y en el proceso de
toma de decisiones.
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